Introducción
En el dinámico panorama fiscal argentino, la actualización en el régimen de retenciones de ganancias para profesionales liberales marca un hito significativo. La incorporación del código 119 redefine las reglas para sujetos que anteriormente estaban clasificados bajo el código 116, extendiendo su alcance a albaceas, mandatarios y gestores de negocios.
La novedad más destacada de este régimen renovado es la introducción de un monto no sujeto a retención de $160,000, junto con una alícuota progresiva basada en una escala específica. En este artículo, exploraremos los detalles de esta nueva escala y cómo afecta a los profesionales liberales y oficios, proporcionando claridad sobre los cambios implementados.
Por medio de esta actualización, se incorpora el código 119 que comprende a los profesionales liberales y oficios. Cabe recordar que dicho sujetos estaban incluidos anteriormente en el código 116. Dicho código solo incluirá a los albaceas, a los mandatarios y a los gestores de negocios.
Este nuevo régimen de retención para los profesionales liberales tendrá un monto no sujeto a retención de $ 160.000 y la alícuota será progresiva de acuerdo a una escala específica.
Escala
¿Desde cuándo se aplica la actualización?
Las disposiciones de esta resolución general se aplicaran a los pagos realizados a partir del 1° de octubre de 2023.
A los efectos de la retención correspondiente a los pagos efectuados bajo el código 119, podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre el código de régimen 116, considerando los montos no sujetos a retención y la escala y alícuotas aplicables al código de régimen 119.
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Conclusión
La efectividad del régimen de retenciones de ganancias para profesionales liberales se ve reforzada con la incorporación del código 119. La simplificación y especificidad de esta actualización proporcionan a los contribuyentes una guía clara para cumplir con sus obligaciones fiscales. Desde el 1° de octubre de 2023, estas disposiciones se aplicarán a los pagos realizados, marcando el comienzo de una nueva era en la retención de ganancias.
Es crucial destacar que, para facilitar la transición, hasta el 31 de diciembre, los contribuyentes pueden emplear el código de régimen 116. Este periodo de gracia permite una adaptación suave a las nuevas normativas, asegurando que los profesionales liberales comprendan y adopten los cambios de manera efectiva.
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