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    Como solicitar la devolución del 35% por compra de dólar ahorro y operaciones en moneda extranjera

    Ya sea que hayas comprado dólar “ahorro”, o realizado pagos con tarjeta de crédito en moneda extranjera, esta guía te va a resultar de gran utilidad, para responder ¿como solicitar la devolución del 35%?

    La AFIP está comenzando a devolver la percepción del 35% que aplica a todas las operaciones realizadas con moneda extranjera alcanzadas por el impuesto PAÍS. Esta percepción rige desde el 16 de septiembre de 2020, a raíz de la RG4815/2020.

    En este artículo te contamos de qué manera podés pedir la devolución de la percepción del 35% dependiendo de tu condición ante el fisco. 

    Es importante tener en cuenta que se puede solicitar la devolución del 35%, pero no se puede pedir devolución del 30% correspondiente al impuesto PAIS (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria).

    Solicitar devolución si soy empleado en relación de dependencia o jubilado que paga ganancias

    AFIP habilitó dentro del servicio Siradig Trabajador una opción para que todos aquellos empleados y jubilados alcanzados por el impuesto a las ganancias puedan deducir esta percepción.   Para hacerlo, es necesario realizar los siguientes pasos antes del 31/03/2021:

    1. Ingresar en la web de AFIP con su clave fiscal.
    2. Ingresar en el servicio SIRADIG – Trabajador.
    3. Ir a “Carga de formulario”.
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    4. Desplegar la opción \”Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta\” y dentro de “Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta”, seleccionar “Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020”.
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    5. Informar las percepciones sufridas entre el 16/09/2020 y el 31/12/2020.

    Esto aplica solo para las percepciones sufridas antes del 31/12/2020. Las percepciones del 2021 solo se computarán en la liquidación anual o final del trabajador, aunque el empleado las informe mensualmente en el F572 Web.

    IMPORTANTE: Si el empleado informa percepciones por un monto mayor a lo que el empleador le retuvo por impuesto a las ganancias, se le hará la devolución del monto correspondiente a ganancias por un lado y, por otro lado, el empleado deberá solicitar el reintegro del saldo restante a la AFIP, presentando previamente la declaración jurada del impuesto a las ganancias donde se corrobore el saldo a favor.

    Solicitar devolución si no soy contribuyente de ganancias ni de bienes personales

    Para estas personas, la AFIP habilitó desde Enero, el servicio \”Devolución de Percepciones AFIP\”.

    Para ingresar se deberá contar con CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior y tener domicilio fiscal electrónico constituido.

    En la web de la AFIP hay un instructivo para ver paso a paso cómo solicitar la devolución del 35%.

    El trámite es por cada mes en que se aplicaron las percepciones. Es decir, que hay que presentar tantas solicitudes como meses en los que a la persona le impactó la percepción del 35% (aplica desde septiembre a diciembre de 2020).

    Que hacer si soy contribuyente autónomo de bienes personales y ganancias

    Todos aquellos contribuyentes autónomos que pagan bienes personales y ganancias recibirán la devolución de la percepción del 35% cuando presenten la declaración jurada del impuesto en cuestión.

    Queremos que nos cuentes… ¿Vos ya solicitaste la devolución de la percepción del 35%? ¿Te resultó sencillo hacerlo?

    Artículo escrito por:

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