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    Régimen Simplificado Ingresos Brutos ARBA

    ¿Querés iniciar un emprendimiento? ¿Tenés un pequeño negocio?  ¿Estás iniciando tus primeros pasos como monotributista en la Prov. De Bs. As?

    Tengo una gran noticia para vos!!

    La Ley 15278 establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable, exclusivamente, a los monotributistas locales de la Provincia de Buenos Aires.

    Los pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que opten por este régimen quedarán comprendidos en la misma categoría por la que se encuentran adheridos y/o categorizados en el Régimen de Monotributo. 

    Principales puntos de la ley 15.278

    A continuación te detallo las principales características que introduce esta nueva ley:

    • En primer lugar, se encuentran comprendidos únicamente los Monotributistas.
    • Tributarán un importe fijo mensual en función a la categoría del monotributo, es decir, a escala progresiva. 
    • Quedarán comprendidos en las mismas categorías que su  Monotributo.
    • Los contribuyentes de Convenio Multilateral quedan excluidos de este  Reg. Simplificado. 
    • La renuncia o exclusión del Monotributo implica las mismas consecuencias para el Reg. Simplif. IIBB ARBA; quedando encuadrado en el régimen general local.
    • ARBA podrá excluir de pleno derecho al contribuyente del Reg. Simplif. IIBB (ARBA) cuando verifique alguna de las causales de exclusión al Monotributo. 

    Ingresos Brutos y Monotributo, juntos

    ARBA convino con AFIP la unificación de trámites para la inscripción, modificación, baja y/o pago del Reg. Simplif. IIBB (ARBA) con el Monotributo.

    A su vez, dicho organismo establecerá las exclusiones de los regímenes de retención y/o percepción vigente para el impuesto sobre los ingresos brutos. 

    Conclusión

    En mi opinión, esta es una excelente oportunidad para aquellos monotributistas emprendedores que recién se inician en su área y desean aminorar la presión tributaria actual; al permitirles estar eximidos de las presentaciones formales mensuales y de percepciones y/o  retenciones de ingresos brutos; las cuales, muchas veces, se traducían en pérdidas financieras. 

    ¿Qué te parece esta nueva ley

    Agradecimiento especial a Pamela Stobodzian Contadora Pública (UBA) T°368 F°011. Redactora
    Artículo escrito por:

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